Cómo abrir una Farmacia

Abrir una Farmacia no es complicado, pero sí es necesario tener claro todos los pasos que hay que realizar. Para ello Emprende.METRIA te acompañará en este camino y así no podrás perderte. A continuación te describimos los requisitos normativos necesarios:

1er Paso. Obtención de la autorización de la instalación:

Para poder abrir una Farmacia será necesario la autorización de la Consejería de Sanidad (o departamento competente) de cada Comunidad Autónoma. Para ello, se convocan concursos de autorización de apertura según la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia. En dicha Ley se establece (Art. 2):

  • Se tendrá en cuenta la densidad demográfica, características geográficas y dispersión de la población para garantizar la accesibilidad y calidad en el servicio y la suficiencia en el suministro de medicamentos, según las necesidades sanitarias en cada territorio.
  • El módulo de población mínimo para la apertura de  farmacia será de 2.800 habitantes por establecimiento, aunque podrán establecer módulos de población inferiores para las zonas rurales, turísticas o de montaña.
  • Tan sólo podrá crearse una farmacia adicional si se sobrepasa dicha proporción, la cual se creará por la fracción superior a 2.000 habitantes.
  • La distancia mínima entre farmacias será de 250 metros.

Más allá de estos concursos, la única forma de poner en marcha una farmacia es comprando una licencia existente o por medio de herencia.

2do Paso. Obtención de la autorización de la instalación:

Cuando tengamos la autorización, será necesario presentar en la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma correspondiente los siguientes requisitos:

  • Poseer el Título académico correspondiente con el sello del Colegio
  • Cédula de colegiación del titular.
  • Escritura de compraventa del local o contrato de arrendamiento, o documeno que demuestre su disponibilidad, siempre dentro de las zonas delimitadas en la convocatoria. Habitualmente se valoran la situación y las distancias con respecto a las otras oficinas de farmacia situadas en los alrededores, así como de los centros de salud existentes o cuya construcción esté prevista.
  • Plano del local (sellado por el Colegio) acompañado de memoria explicativa de la distribución de las diferentes dependencias de que consta la farmacia, y plano de situación.
  • Declaración de poseer los productos químicos, drogas o estupefacientes, así como los enseres, aparatos y utensilios que ordena la Farmacopea Española IX edición, y los medicamentos de urgencia que exige la Orden de 5 de mayo de 1965.
  • También es importante que sepas que cada comunidad autónoma cuenta con sus especificaciones pero las farmacias son establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad.

3er Paso. Expediente de Actividad:

Además de toda la documentación anterior, habrá que entregar al Ayuntamiento del municipio correspondiente un Expediente de Actividad realizado por un técnico cualificado donde recogerá todos los condicionantes necesarios para poder abrir una Farmacia.  Todo esto está incluido en nuestro Pack Emprende.

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